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Entre otras ventajas, la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual: produce efectos publicitarios dado el carácter público del Registro; previene el plagio, al poner en conocimiento del público la existencia de derechos protegidos sobre una obra. Crea una prueba que ayudará al autor y titular de derechos a defenderse de una infracción, un plagio o incluso una acción reivindicativa de la titularidad de dichos derechos, evitando conflictos futuros en casos de coautoría ya que los porcentajes de titularidad quedan reflejados, permitiendo participar en las convocatorias para obtener subvenciones o ayudas por parte de las Administraciones Públicas y sirviendo al interés general, estimulando la creación y es esencial para el cumplimiento de los principios de transparencia y acceso a la información registral por parte de la ciudadanía. Fuente de la información: MCyD. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] La herramienta está disponible a través de la web.
[2] La herramienta telemática RePI constituye una alternativa a la presentación presencial de las solicitudes.