Ninguneo del derecho de autor

Fuente: Página de la bibliografía de la tesis de Tatiana Maribel Pozo Quelal[4]
Recientemente, en un tutorial sobre el plagio y cómo evitarlo, le comentaba al alumnado del Trabajo Fin de Máster (TFM) que estoy tutorizando, lo que apunté en el Sitio Formación, Educación y Empleo, bajo el título “Acerca del plagio[1], en el sentido de que la creación de otros es propiedad de esos otros, da igual que sea gratis o de pago o cómo hemos accedido a la fuente. La propiedad intelectual no puede utilizarse sin el protocolo de autorización legal correspondiente. En ¿Qué cuesta referenciar la fuente?[2] recogía la reflexión de Félix Socorro[3]: “Se puede decir que la conducta orientada a ganar prestigio con ideas ajenas, en cualquier cargo o nivel de conocimiento que se presente, es una enfermedad organizacional que debe ser identificada, combatida y erradicada en cualquier área o empresa donde se encuentre”.

Por lo anterior, el plagio es un ninguneo del derecho de autor sobre una obra que se produce mediante la copia no autorizada o no citada de la misma. Evitar el plagio es muy fácil y recomendable (por no decir “saludable”). Basta con dar crédito a toda la información que se recoge en la obra que se está utilizando y que es de titularidad ajena. Por tanto, mencionar debidamente la fuente mediante una referencia explícita. Así que no te canses de citar, citar, citar… y después volver a citar. En resumen: practicar el hábito de citar las fuentes. A continuación, te inserto un tutorial donde traslado algunas reflexiones sobre el plagio y cómo evitarlo, alojado en el canal de Youtube. También, acompaño captura de página de la bibliografía de la tesis de Tatiana Maribel Pozo Quelal[4], donde aparece referenciado un texto jurídico que edité en octubre de 2013, con el título “Idoneidad, necesidad y proporcionalidad[5], publicado en varios medios.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Acerca del plagio. 2009. Sitio Educación, Formación y Empleo. Visitado el 02/09/2021.
[2] Velasco Carretero, Manuel. ¿Qué cuesta referenciar la fuente? 2018. Sitio visitado el 02/09/2021.
[3] Socorro, Félix. El Síndrome de Anát: Ganar prestigio con ideas ajenas.sappiens.com. 2004.
[4] Tatiana Maribel Pozo Quelal. “La aplicación del principio de proporcionalidad de la pena en los delitos contra el medio ambiente y la naturaleza, tipificados en el Código Orgánico Integral Penal”, Universidad Regional Autónoma de los Andes (Uniandes, Tulcán, 2017). Si quieres acceder al trabajo, clickea AQUÍ, cortesía de Uniandes.
[5] Velasco Carretero, Manuel. Idoneidad, necesidad y proporcionalidad. 2013. Sitio visitado el 02/09/2021.